Objeto
El trámite tiene por objeto la concesión de las ayudas en materia de vivienda para la realización del informe de evaluación de los edificios, tanto si es por obligación legal, en edificios de más de 50 años, como para emprender actuaciones de rehabilitación.
Interesados
Podrán beneficiarse de las ayudas, las Comunidades de Propietarios o Propietarios de viviendas de caracter Residencial que hubieran formalizado la presentación telemática del IEEV.CV con posterioridad a la fecha que establezca la correspondiente convocatoria.
Requisitos
Que se haya registrado telemáticamente la presentación del IEEV.CV con posterioridad al 23 de junio de 2021, tal y como se establece en la convocatoria.
Ayuda
1. Importe protegido
El importe protegido del IEEV.CV será el coste facturado del informe hasta un máximo subvencionable, en función del número de viviendas del edificio y de la superficie del local del edificio.
N = número de viviendas + m2 superficie construida del local / 100
Si N ≤ 20, el importe protegido será : 600 + 50 x N
Si N > 20, el importe protegido será : 1.300 + 15 x N
2. Importe de las ayudas
a) Subvención básica del 20 % del importe protegido para todas las solicitudes correspondientes a edificios con una antigüedad superior a 50 años y que cumplan los requisitos y documentación exigida.
b) Subvención adicional, en función de los puntos obtenidos en la baremación de acuerdo con el punto 3 de la quinta Orden 1/2021.
– Puntuación entre 1 y 10 puntos el porcentaje a aplicar sobre el importe protegido del IEEV.CV será del 40% y la cuantía máxima de la subvención será de 1.500 euros.
-Puntuación entre 11 y 20 puntos el porcentaje a aplicar sobre el importe protegido del IEEV.CV será del 70% y la cuantía máxima de la subvención será de 3.000 euros.
-Puntuación entre 21 y 30 puntos el porcentaje a aplicar sobre el importe protegido del IEEV.CV será del 80% y la cuantía máxima de la subvención será de 4.500 euros.
Plazo de presentación
A partir del 1 de febrero de 2022 y finalización de presentación 20 de abril de 2022.
El incumplimiento del plazo de solicitud determinará automáticamente la exclusión de la convocatoria.
Documentación
- Factura de honorarios por la realización del IEE.
- Justificación de la inscripción del IEEV.CV en el Registro existente.
- En su caso, acta de la Comunidad de Propietarios donde se nombre el representante para tramitar la solicitud de ayudas.
- Impreso normalizado de domiciliación bancaria. http://www.gva.es/downloads/publicados/IN/07000_BI.pdf
Fuentes -BASES ORDEN 1/2021, de 19 de abril, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización del informede evaluación de edificios de viviendas (IEEV-CV) -CONVOCATORIA RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las ayudas para la realización del Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV)
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